picture_as_pdf 2003-08-01

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

 

RESOLUCION 178

 

SANTA FE, 22 de Julio de 2003

Visto el Expediente 00701-0048587-4 del Sistema de Información de Expedientes; y

CONSIDERANDO:

Que los excesos hídricos han generado en nuestra Provincia el desborde del río Salado, afectando las actividades industriales, comerciales y de servicios;

Que a las empresas damnificadas se les otorgará una ayuda económica no reintegrable cuya determinación de daños en activos fijos y bienes de cambio, se efectuará mediante una evaluación técnico contable;

Que a los fines de identificar las industriales, las mismas se codificarán conforme al CLANAE/97 y deberán estar inscriptas en el Registro Industrial de la Nación;

Que asimismo, se hace necesario adoptar las medidas reglamentarias para acreditar la calidad de damnificado con derecho a recibir ayuda económica, financiera e impositiva que determine la legislación;

Que conforme lo dispuesto por el artículo 2° del Decreto 1804/03, el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, es la autoridad de aplicación y tendrá a su cargo la instrumentación del procedimiento para cumplimentar los objetivos previstos;

Por ello y atento a lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos,

EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA, INDUSTRIA Y COMERCIO

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- La Dirección General de Industrias, extenderá a cada empresa de carácter industrial codificada conforme al CLANAE/97 e inscripta en el Registro Industrial de La Nación (R.I.N.), un Certificado que acredite la calidad de damnificada, según el Anexo I, que forma parte de la presente.

ARTICULO 2°.- La Dirección General de Comercio Interior, extenderá a cada empresa comercial y de servicios, un Certificado que acredite la calidad de damnificada, conforme al Anexo I.

ARTICULO 3°.- Por cada empresa damnificada, se abonará una única suma fija como anticipo, más un porcentaje calculado sobre el total de daños verificados en la suma de las plantas afectadas, según lo determinado en los artículos 3° y 4° del Decreto 1804/03.

ARTICULO 4°.- Aprobar el modelo de Certificado y Guía de Requisitos para las personas físicas y/o jurídicas que solicitan ayuda económica, que como Anexos I y II que forman parte de la presente resolución.

ARTICULO 5°.- Regístrese, comuníquese y archívese.

Ing. Ricardo E. Fragueyro

NOTA. Los anexos correspondientes podrán consultarse en la Dirección General de Despacho del MAGIC.

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MINISTERIO DE EDUCACION

 

DIRECCION GRAL. DE RECURSOS HUMANOS

 

Por orden de la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Educación y Cultura de la Provincia de Santa Fe, se intima a la Sra. MARÍA ISABEL SAUCUNS, D.N.I. Nro. 12.237.837, Secretaria, Titular de la Escuela Nro. 417 de Tostado - Región I -, para que en el plazo de 72 horas se reintegre al cargo y/o justifique sus inasistencias, desde el 10/05/02, dado que no corresponde el otorgamiento de su solicitud de licencia por Art. 60° del Decreto 4597/83 a partir del 23/02/02, además la Provincia de Río Negro denegó el pedido de traslado interjurisdieccional que solicitara, por lo que vencido dicho lapso sin haberse satisfecho lo requerido no podrá reintegrarse al cargo, iniciándose los trámites de cesantía por abandono de servicios, según lo establece el art. 14° de la Ley 10290.

S/C         16453    Ag. 1 Ag. 5

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CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL LOTERÍA

 

RESOLUCION DE DIRECCION GENERAL NUMERO 220

 

Ref.: PROGRAMA DE SORTEOS - LOTERIA CHICA

 

Emisiones: 332, 333, 334, y 335

 

Mes: SETIEMBRE DE 2003

 

VISTO:

Las actuaciones obrantes en el Expte. 00302-0047475-8 del Sistema de Información de Expedientes, y;

CONSIDERANDO:

Que por las mismas la Gerencia de Lotería eleva para su aprobación la programación de sorteos proyectados para el mes de Setiembre:

Que para estos sorteos se ha proyectado un Premio Mayor de DIEZ MIL Pesos ($ 10.000.-), al precio de DOS PESOS CON SETENTA Y TRES CENTAVOS ($ 2,73.-) cada billete entero, sin perjuicio del impuesto que fija la Ley de Sellos;

Que el total de premios programados asciende a la cantidad de DIECISEIS MIL NOVECIENTOS CUARENTA PESOS CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 16.940,50) por emisión, lo que representa el SESENTA Y DOS CON CINCO POR CIENTO (62,05%) sobre el total a emitirse de DIEZ (10) millares, siendo su fraccionamiento de una sola parte;

Que dicho programa ha sido conformado numéricamente por el Departamento Contabilidad y Finanzas de la Caja;

Por todo ello, y de conformidad a la facultad emergente del inciso 4to. del artículo 2do. del Decreto Nro. 2688/78 y Decreto Nro. 1651/82;

EL DIRECTOR GENERAL DE LA CAJA

DE ASISTENCIA SOCIAL

RESUELVE

Art. 1°) Aprobar el programa de sorteos y premios correspondiente a las emisiones 332, 333, 334,y 335 Serie 1 (“A”), a realizarse los días 06, 13, 20, y 27 Setiembre de 2003 por medio de las extracciones de la Lotería de Santa Fe en las fechas respectivas y que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución.

Art. 2°) Disponer la impresión de las emisiones que se aprueban por el artículo anterior, y facultar a la Gerencia de Lotería a emitir las mismas.

Art. 3°) Regístrese, comuníquese a las firmas Boldt S.A., tomen nota las distintas áreas de la Caja de Asistencia Social a que compete, dése vista al señor Contador Fiscal Delegado del Tribunal de Cuentas de la Provincia, y hecho, archívese.

SANTA FE, 24 de julio de 2003.

ENRIQUE A. UCEDO

Director General

Caja de Asistencia Social

 

ANEXO 1

 

LOTERIA CHICA DE SANTA FE

 

PROGRAMA DE PREMIOS DEL MES DE SETIEMBRE 2003

 

VALOR

ENTERO

 

 

VALOR NOMINAL

$ 2.73

PROV. STA. FE C/IMP.

$ 3.00

OTRAS JURISDIC. C/IMP.

$ 3.30

 

SORTEOS

 

 

NUMERO

FECHA

PRESCRIPCION

 

 

 

332

06-Set-03

06-Oct-03

333

13-Set-03

13-Oct-03

334

20-Set-03

20-Oct-03

335

27-Set-03

27-Oct-03

 

PREMIOS              ENTERO TOTAL

A LAS 4 CIFRAS

 

1 premio de

$ 10,000.00

$ 10,000.00

1 premio de

$ 800.00

$ 800.00

1 premio de

$ 400.00

$ 400.00

1 premio de

$ 200.00

$ 200.00

1 premio de

$ 100.00

$ 100.00

 

A LAS 3 ULTIMAS CIFRAS

 

9 del primer premio

$ 30.00

$ 270.00

9 del segundo premio

$ 15.00

$ 135.00

9 del tercer premio

$ 10.00

$ 90.00

9 del cuarto premio

$ 8.00

$ 72.00

9 del quinto premio

$ 6.00

$ 54.00

 

A LAS 2 ULTIMAS CIFRAS

90 del primer premio

$ 5.00

$ 450.00

90 del segundo premio

$ 4.50

$ 405.00

90 del tercer premio

$ 4.00

$ 360.00

90 del cuarto premio

$ 3.75

$ 337.50

90 del quinto premio

$ 3.30

$ 297.00

 

A LA ULTIMA CIFRA

900 del primer premio

$ 3.30

$ 2,970.00

1400 premios por un total de:

 

$ 16,940.50

 

EMISION

 

Fraccionamiento

Millares

Total emitido

Premios

1 parte

10

$ 27,300

$ 16,940.50

 

 

% s/emisión:

62.05%

 

SANTA FE, 24 de Julio de 2003

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RESOLUCION DE DIRECCION GENERAL NUMERO 219

 

Ref.: PROGRAMA DE SORTEOS - LOTERIA TRADICIONAL

 

Emisiones: 3021, 3022, 3023, y 3024

 

Mes SEPTIEMBRE DE 2003

 

VISTO:

Las actuaciones obrantes en el Expte.   00302-0047474-7 del Sistema de Información de Expedientes, y;

CONSIDERANDO:

Que por las mismas la Gerencia de Lotería eleva para su aprobación la programación de sorteos proyectados para el mes de Septiembre;

Que para estos sorteos se ha proyectado un Premio Mayor de Trescientos Mil Pesos ($ 300.000.-), al precio de Veinticuatro Pesos ($ 24.-) cada billete entero, sin perjuicio del impuesto que fija la Ley de Sellos, siendo su fraccionamiento en 2 partes;

Que el total de premios programados asciende a la cantidad de Quinientos Setenta Mil Trescientos Cincuenta y Cuatro Pesos Con Cuarenta Centavos ($ 570.354,40) por emisión, lo que representa el Sesenta y Dos con Cincuenta y Cuatro por Ciento (62,54%) sobre el total a emitirse de Treinta y Ocho millares;

Que la Resolución de Dirección General Nro. 267/99 dispone la realización de los sorteos de Lotería Tradicional por medio de extracciones con bolilleros propios;

Que dicho programa ha sido conformado numéricamente por el Departamento Contabilidad y Finanzas de la Caja;

Por todo ello, y de conformidad a la facultad emergente del inciso 4to. del artículo 2do. del Decreto Nro. 2688/78 y Decreto Nro. 1651/82;

EL DIRECTOR GENERAL DE LA CAJA

DE ASISTENCIA SOCIAL

RESUELVE

Art. 1°) Aprobar el programa de sorteos y premios correspondiente a las emisiones 3021, 3022, 3023,y 3024 Serie 1 (“A”), a realizarse los días 06, 13, 20,y 27 de Septiembre de 2003 por los bolilleros propios de la Lotería de Santa Fe, y que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución.

Art. 2°) Disponer la impresión de las emisiones que se aprueban por el artículo anterior, y facultar a la Gerencia de Lotería a emitir las mismas.

Art. 3°) Regístrese, comuníquese a las firmas Boldt S.A. y Gráfica Express, tomen nota las distintas áreas de la Caja de Asistencia Social a que compete, dése vista al señor Contador Fiscal Delegado del Tribunal de Cuentas de la Provincia, y hecho, archívese.

SANTA FE, 24 de Julio de 2003.

ENRIQUE A. UCEDO

Director General

Caja de Asistencia Social

 

ANEXO 1

 

LOTERIA DE SANTA FE

 

PROGRAMAS DE PREMIOS DEL MES DE SETIEMBRE 2003

 

VALOR

ENTERO

UNA PARTE

 

 

 

VALOR NOMINAL

$ 24,00

$ 12,00

PROV. STA. FE C/IMP.

$ 26,40

$ 13,20

OTRAS JURISDIC. C/IMP.

$ 28,80

$ 14,40

 

 

 

SORTEOS

 

 

NUMERO

FECHA

PRESCRIPCION

 

 

 

3,021

06-Set-03

06-Oct-03

3,022

13-Set-03

13-Oct-03

3,023

20-Set-03

20-Oct-03

3,024

27-Set-03

27-Oct-03

 

PREMIOS

UNA PARTE

ENTERO

TOTAL

 

 

 

 

1 premio de

$ 150,000.00

$ 300,000.00

$ 300,000.00

1 premio de

$ 5,000.00

$ 10,000.00

$ 10,000.00

1 premio de

$ 2,500.00

$ 5,000.00

$ 5,000.00

1 premio de

$ 1,000.00

$ 2,000.00

$ 2,000.00

1 premio de

$ 500.00

$ 1,000.00

$ 1,000.00

5 premios de

$ 200.00

$ 400.00

$ 2,000.00

10 premios de

$ 100.00

$ 200.00

$ 2,000.00

570 premios extrac. 3 c. de

$ 15.00

$ 30.00

$ 17,100.00

37 premios term. 3 c. 1° P.

$ 15.00

$ 30.00

$ 1,110.00

342 premios term. 2 c. 1° P.

$ 14.70

$ 29.40

$ 10,054.80

3420 premios term. 1 c. 1° P

$ 14.40

$ 28.80

$ 98,496.00

4222 premios prog. 9 en 9

$ 14.40

$ 28.80

$ 121,593.60

8611 premios por un total de

 

 

$ 570,354.40

 

APROXIMACIONES

 

5% DEL PRIMER PREMIO PARA PREMIAR

 

 

2 aprox. Números anterior y posterior

$ 1,200.00

$ 2,400.00

2 aprox. nros ant. y post. Subsiguientes

$ 900.00

$ 1,800.00

2 aprox. nros ant. y post. Subsiguientes

$ 600.00

$ 1,200.00

2 aprox. nros ant. y post. Subsiguientes

$ 300.00

$ 600.00

Reserva para premios especiales

 

$ 9,000.00

5% DEL SEGUNDO PREMIO PARA PREMIAR

 

 

2 aprox. Números anterior y posterior

$ 150.00

$ 300.00

2 aprox. Nros. Ant. Y post. Subsiguientes

$ 100.00

$ 200.00

5% DEL TERCER PREMIO PARA PREMIAR

 

 

2 aprox. Números anterior y posterior

$ 75.00

$ 150.00

2 aprox. nros ant. y post. Subsiguientes

$ 50.00

$ 100.00

 

EMISION

 

Fraccionamiento

Millares

Total emitido

Premios

 

 

 

 

2 partes

38

$ 912,000

$ 570,354.40

 

 

% s/emisión:

62.54%

 

Si al billete que obtenga el Premio Mayor, le corresponde progresión 3 al 9 inclusive, el importe del premio por progresión acumulará a la primera aproximación de aquél (50% a la anterior y 50% a la posterior).

SANTA FE, 24 de Julio de 2003.

 

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