DECRETO N°
0784
SANTA FE, 19 de Mayo de 2004
VISTO:
El Expediente N° 15120-0021403-5, del Registro
del Sistema de Información de Expedientes - Ministerio de Hacienda y Finanzas,
la Ley 11.373, la Ley 11.696, la Ley 11.965 el Decreto 1.413/96, el Decreto N° 1.928/99, el Decreto 3.725/99 y las Resoluciones de la
Corte Suprema de Justicia de la Provincia en los autos caratulados: FERREYRA
MACIEL DE DE IRIONDO, Nelly Beatriz c/Pcia. de Santa Fe (Expte. N° 338/88); GHIOLDI,
Alberto Oscar c/Pcia. de Sta. Fe (Exptes. N° 56/89 y 1676/96), RAMIREZ, Emilia Magdalena c/Pcia. de Santa Fe (Expte. 140/88); BEVILACQUA, Alberto Fortunato
c/Pcia. de Santa Fe (Expte. 50/91 y 235/00), BARRECA, Enrique Orlando c/Pcia. de Sta.
Fe (Expte. N° 117/95);
PERALTA, Amelia Rosa c/Pcia. de
Santa Fe (Exptes. N° 60/89
y 427/01); y
CONSIDERANDO:
Que la ley 11.696 prorrogada por Ley 11.965, complementa las disposiciones
de la Ley 11.373 fijando el monto máximo de BONOS PREVISIONALES DE SANTA FE
autorizados a emitir, afectando en garantía los fondos provenientes del Régimen
de Coparticipación Federal de Impuestos y autorizando la realización de las
modificaciones presupuestarias pertinentes;
Que el Decreto 1928/99 autorizó en su artículo primero la emisión de la
cantidad de Bonos Previsionales dispuesto por la Ley
11.373 y con las características y procedimientos fijados por el artículo 24°
del Decreto N° 1413/96 y el Decreto 3725/99,
necesarios para cumplir con las Resoluciones judiciales citadas en el Visto del
presente;
Que el Decreto mencionado en primer término en el párrafo anterior, dispuso
que la entrega de los Bonos a sus beneficiarios no se efectuará sin previo
dictado del decreto particular que la autorice, por una cantidad determinada
necesaria para cumplir cada una de las concretas decisiones judiciales;
Que las sentencias que constan en el visto ordenan que se entregue la
cantidad de títulos públicos necesaria para satisfacer el saldo total de la
acreencia reclamada en autos de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 26 de
la ley 11.696;
Que según formularios F. B-3 confeccionados por la Caja de Jubilaciones y
Pensiones de la Provincia de Santa Fe, se procedió de acuerdo a liquidación
aprobada por la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe,
Que corresponde por tanto dictar la norma particular que autorice la
entrega de los Bonos Previsionales de acuerdo a los
beneficiarios y montos determinados;
Que el Presupuesto vigente Ley 12.103, prorrogada para el corriente año por
el Decreto N° 0134/03, contempla las partidas a las
que corresponde imputar la erogación reconocida por el presente decreto;
Que han tomado intervención, la Dirección General de Finanzas, la
Contaduría General de la Provincia, la Dirección de Asesoría Letrada del
Ministerio de Hacienda y Finanzas, y la Fiscalía de Estado;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Encuádrese en las disposiciones del artículo 2° de la Ley
11373 la deuda emergente de los casos: FERREYRA MACIEL DE DE
IRIONDO, Nelly Beatriz, RAMIREZ, Emilia Magdalena; BARRECA, Enrique Orlando; y
en las disposiciones del artículo 4° de la misma Ley la deuda emergente de los
casos: GHIOLDI, Alberto Oscar; BEVILACQUA, Alberto Fortunato;
PERALTA, Amelia Rosa, ajustándose su cancelación a lo dispuesto por el artículo
26° de la Ley N° 11.696.
ARTICULO 2°.- Hágase entrega de acuerdo a lo establecido por el Decreto N° 1928/99, de la cantidad de Bonos Previsionales
necesarios para cumplir con las Resoluciones de la Corte Suprema de Justicia de
la Provincia en los autos citados en el Visto, de acuerdo con los montos y
beneficiarios que se determinan en el Anexo “A” que forma parte integrante del
presente.
ARTICULO 3°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas informará, al momento de
efectivizar la entrega de los Bonos Previsionales de
la Provincia de Santa Fe que se autoriza por el presente, los datos de nominatividad exigidos por la CAJA DE VALORES S.A.
ARTICULO 4°.- Autorízase a la Contaduría General
de la Provincia a liquidar e imputar las sumas correspondientes, a las
respectivas partidas del presupuesto vigente.
ARTICULO 5°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, publíquese y archívese.
OBEID
C.P.N. Walter Alfredo Agosto
ANEXO “A” N° 0784
Cantidad de BONOS PREVISIONALES DE LA PROVINCIA DE SANTA FE de Valor
Nominal $ 1 (Un Peso)
Ex cupón 29 a entregar a cada beneficiario:
Apellido y Nombre |
DOCUMENTO |
N° |
Deuda Reconocida |
Cantidad de Bonos |
|
TIPO
NUMERO |
CUIT |
al 21/01/1996 |
a Acreditar ($ 1 V.N.) |
|
|
|
|
|
1 FERREYRA MACIEL DE DE IRIONDO, |
|
|
|
|
NELLY BEATRIZ |
L.C. 6.084.272 |
- |
1.827,01 |
7.790 |
2 GHIOLDI, ALBERTO OSCAR |
L.E. 3.677.592 |
- |
32.844.56 |
140.047 |
3 RAMIREZ, EMILIA MAGDANELA |
L.C. 5.238.332 |
- |
22.656.92 |
96.607 |
4 BEVILACQUA, ALBERTO FORTUNATO |
L.E. 6.191.795 |
- |
0,00 |
0 |
5 BARRECA, ENRIQUE ORLANDO |
L.E. 5.958.299 |
- |
0,00 |
0 |
6 PERALTA, AMELIA ROSA |
L.C. 2.401.744 |
- |
0,00 |
0 |
7 ROUZIC TOURNON, |
|
|
|
|
MARCELO EUGENIO |
D.N.I. 3.166.640 |
20-03166640-7 |
4.926,80 |
22.721 |
8 DE FEO, ARMANDO MIGUEL, |
|
|
|
|
DE FEO, ARMANDO FRANCISCO J. |
|
|
|
|
Y DE FEO, GUSTAVO |
|
|
|
|
SOCIEDAD DE HECHO |
- |
-30-67838899-4 |
10.635,58 |
43.638 |
9 PEREZ, FABIAN AGUSTIN |
D.N.I. 17.825.668 |
20-17825668-9 |
545,00 |
2.324 |
10 CARUBINI, MARIA NILDA |
D.N.I. 11.316.457 |
27-11316457-9 |
1.446,40 |
6.165 |
11 Obra Social Bancaria Argentina |
- |
-30-69156146-8 |
1.015.87 |
4.331 |
12 Instituto Autárquico Provincial de Obra Social (IAPOS) |
- |
-30-99917935-1 |
1.804,12 |
7.694 |
13 Caja de Previsión de los Agentes Civiles del Estado |
- |
-30-99917973-4 |
3.05 |
13 |
TOTAL GENERAL |
|
|
77.705,31 |
331.330 |
CAPITALIZACION INICIAL INTERESES SEGÚN DECRETO N°
1413 DEL 23/09/1996 15.160,58
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