REGISTRADA BAJO EL N° 12966
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1º.- Modificase el artículo 2 de la ley número 12367 - Sistema de elecciones primarias y obligatorias, para cargos provinciales Municipales y comunales, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 2: Elecciones. Realización. Las elecciones primarias y las elecciones generales serán convocadas por el Poder Ejecutivo Provincial, fijándose la fecha de elección primaria, abierta, simultánea y obligatoria con una antelación no menor a sesenta (60) días del acto eleccionario general y no mayor a noventa (90) días corridos.
Cuando la elección general a cargos públicos electivos refiere exclusivamente a cargos municipales y comunales y se verifique en uno o más municipios o comunas que todos los partidos políticos, confederación de partidos políticos o alianzas electorales participantes de la elección, hayan presentado una única lista de candidatos, cada uno de ellos, no se realizará el acto comicial de elección de precandidatos. En tales casos el Tribunal Electoral de la Provincia, previa verificación de los requisitos establecidos en la legislación vigente, oficializará las listas proclamando candidatos a quienes las integren, para la elección general.”
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL NUEVE.
Dra. GRISELDA TESSIO
Presidenta
Cámara de Senadores
Dr. DIEGO A. GIULIANO
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
EDUARDO ALFREDO DI POLLINA
Presidente
Cámara de Diputados
Dr. LISANDRO RUDY ENRICO
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
DECRETO N° 0454
Santa Fe, 25 de Marzo de 2009.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VISTO:
La aprobación de la Ley que antecede Nº 12.966 efectuada por la H. Legislatura;
DECRETA:
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.
BINNER
Dr. Antonio Juan Bonfatti
2918
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