picture_as_pdf 2016-03-01

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


POR

JUAN JOSÉ CAMPODONICO


Por disposición Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 10° Nominación Rosario, Secretaria suscripta hace saber que en autos "MATTTONI, GUSTAVO GABRIEL c/OTRA s/EJECUCIÓN HIPOTECARIA" (Expte. N° 1250/13 ha dispuesto que el martillero Juan José Campodónico (CUIT 20-1127l320-5), venda en pública subasta el día 14 de Marzo de 2.016, a las 16 horas, en la Asociación de Martilleros de Rosario, sita en calle Entre Ríos Nº 238, el siguiente inmueble: "Un lote de terreno con todo lo edificado, clavado y plantado, situado en esta ciudad en el Barrio Roque Sáez Peña, antes Saladillo, designado en el plano de dicho barrio con el número Tres de la manzana 26 y ubicado en la Avenida del Rosario entre las calles Pavón y Pampa, a los 42,844 mts. de calle Pavón al Este y compuesto de 12,99 mts. de frente al Norte por 51,96 mts. de fondo; lindando: al Norte, con Avda. del Rosario; al Este con el lote número 4; al Sud, el lote número 28 y al Oeste con los lotes números 2 y 33, de la misma manzana y plano. Inscripto el dominio a la Matrícula N° 16-24144 Dpto. Rosario. Del Registro Gral. de Propiedades se informa: R.6 As1.Presentación 366.047-08/08/2012 Dominio, consta a nombre de la demandada (Cuit:27-18438.376-4). R.7-Asiento 1: Presentación 366.048-08/08/2012. Hipoteca sobre saldo de precio por $ 650.000.-Relat.As1 R6. Acreedor: Mattioni, Gustavo Gabriel -Asiento 2.presentación 366.049-08/08/2012. Bien de Familia Relat. As. 1 R.6 Inscr.en T° 722 F°328 Nº366049 fecha 08/08/2012.- Asiento 3 Presentación 310.697-11/02/2014. Embargo: por $.845.000.- Relat. As1 R6. Orden Juzgado actuante y en autos que se ejecutan.- Saldrá a la venta con la Base de $ 650.000.-, para el supuesto de no existir postores por la misma, se sacará de inmediato en 2° subasta con la retasa del 25%, y de persistir la falta de oferentes, se sacará en 3° y última subasta a continuación, y con la base del 20% de la primera. El inmueble saldrá a la venta en el estado de ocupación en que se encuentra, conforme al acta de constatación agregada en autos, Desocupable.- Los impuestos, tasas y contribuciones (IVA y gastos centrales, si correspondiere), que se adeudaren, serán a cargo del comprador, como así también todos los gastos e impuestos que implique la transferencia del dominio a favor del adquirente-. Quién resulte comprador deberá abonar el 10% del precio de compra en el acto de subasta, con más el 3% de comisión, en pesos, cheque certificado o cheque cancelatorio, a entera satisfacción del martillero actuante. Para el caso que la suma ut supra mencionada supere el valor de $.30.000.-, no podrá realizarse en efectivo, (comunicación "A"5147 BCRA.) optando por los medios de pago mencionados ó en su defecto se deberá depositar previo al día de la subasta, dicho monto, en el Banco Municipal de Rosario -Sucursal Nº 80 Caja de Abogados-, a la orden de este Juzgado y para éstos autos. El saldo de precio, deberá abonarse dentro de los cinco días de intimado el comprador, luego de aprobada la subasta, debiendo cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación "A"5147 del BCRA, por lo cual de superar el importe de $ 30.000, deberá realizarse por transferencia interbancaria. En caso de incumplirse dicha disposición, se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicada por este Tribunal y/o el martillero actuante a la AFIP. Se encuentran agregados a autos copia del mutuo hipotecario, informes de deudas que pesan sobre el inmueble y acta de constatación, para su prolija revisación en la Secretaría del Juzgado y a disposición de los interesados, haciéndose saber que una vez realizada la subasta, no se aceptarán reclamos por falta o insuficiencia de los mismos; ni sobre la situación táctica ó jurídica del inmueble.- Previo a la aprobación de la cuenta de gastos, deberá oficiarse al Registro General con copia certificada del acta de subasta, a fin de que se tome razón marginalmente de la misma, sin que implique transferencia a favor del adquirente, la cual se efectivizará una vez reunidos los requisitos correspondientes (saldo de precio, posesión, etc.), como asimismo la comunicación a la AFIP si no se cumplimentase la comunicación "A"5147 del BCRA. No procederá la compra en comisión'(atento modificación del art.3936 C.C. introducida por el art.75 inc.c. de la ley 24.441.-El adquirente en subasta deberá acudir a escribano público, a fin de efectivizar la transferencia del inmueble adquirido.- Desígnanse los dos días hábiles anteriores a la subasta, en el horario de 16 a 17 hs. Todo lo que se hace saber a los efectos legales. Rosario, 23 de Febrero de 2.016.- Carla V. Gussoni Porrez, secretaria.

$ 760 284076 Mar. 1 Mar. 3